domingo, 26 de enero de 2014

Funciones del Jefe de Personal subalterno

Son personal estatutario no sanitario, cuyas  funciones se recogen en el artículo 14.1 de la Orden 5 de julio de 1971 del Estatuto de Personal no Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, y se regulan en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.

Estas funciones son las siguientes, sin perjuicio de las que independientemente puedan confiársele por el Director Gerente y el Director de Gestión y Servicios Generales de la Institución:

  • Ejercerá por delegación del Director de Gestión y Servicios Generales, la jefatura del personal de Celadores y ordenará y dirigirá el cumplimiento de su cometido.
  • Instruirá convenientemente al personal a sus órdenes para que la realización de su trabajo sea eficaz y de calidad.
  • Constatará que el personal de oficio y subalterno cumple el horario establecido en la Institución y permanece constantemente en su puesto de trabajo.
  • Vigilará personalmente la limpieza de la Institución.
  • Ejercerá el debido y discreto control de paquetes y bultos de que sean portadoras las personas ajenas a la Institución que tengan acceso a la misma.
  • Mantendrá el régimen establecido por la Dirección para el acceso de enfermos, visitantes y personal a las distintas dependencias de la Institución.
  • Cuidará del orden en el edificio, dando cuenta al Director de Gestión y Servicios Generales de los desperfectos o alteraciones que encuentre.
  • Cuidará de la compostura y aseo del personal a sus órdenes, revisando y exigiendo que vistan el uniforme reglamentario.
  • Informará a los familiares de los fallecidos en la Institución sobre los trámites precisos para llevar a cabo los enterramientos y, en caso necesario, les pondrá en contacto con la oficina administrativa correspondiente para completar dicha información.
  • Realizará aquellas funciones de entidades análogas a las expuestas que les sean ordenadas por el Director Gerente o del Director de Gestión y Servicios Generales de la Institución.